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NOVEDADES SEMANALES
al 04/06/2018

Estimados Amigos y Colegas:
Les envío las novedades semanales, en las mismas se incluyen:

PROCEDIMIENTO FISCAL – REGISTRO HACIENDA PORCINA – ARBA

Resolución General Conjunta Nº 4251-20
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires adhiere al régimen de autorización de faena online que habilita el Ministerio de Agroindustria, una vez cumplidos los requisitos de registración de la hacienda con destino a faena y verificado el efectivo ingreso de los pagos a cuenta del impuesto al valor agregado correspondiente a hacienda y carne porcina.
En tal sentido, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establecerá un régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos e informará mensualmente a la AFIP el padrón de contribuyentes comprendidos en el citado régimen para que este Organismo informe dicha situación al Ministerio de Agroindustria.

REGISTRO HACIENDA PORCINA – INGRESOS BRUTOS – ARBA

Resolución General Conjunta Nº 4252-20
Se establecen los requisitos de incorporación y las causales de suspensión y/o exclusión del Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Hacienda y Carnes Porcinas en materia de impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Buenos Aires.
ARBA establece, a través de la resolución normativa 22/2018t, un régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a:
– Los propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular bajo cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena, sean personas humanas o jurídicas (incluso entes nacionales, provinciales y municipales, y el Gobierno de la CABA).
– Los consignatarios de carnes.
– Los matarifes -abastecedores y carniceros- y todo otro usuario del servicio de faena que se preste en plantas faenadoras.
– Los consignatarios directos.
– Los responsables de establecimientos faenadores a los que, respecto de sus animales propios -adquiridos o de propia producción- o recibidos en consignación para su faena, se les preste dicho servicio en otras plantas faenadoras.

REGISTRO HACIENDA PORCINA
INGRESOS BRUTOS – ARBA – PAGO A CUENTA
Resolución Normativa ARBA Nº 22
Se establece un régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable sobre las operaciones de la cadena de producción y comercialización de haciendas y carnes porcinas.
Estarán obligados al ingreso del citado pago a cuenta los propietarios, locatarios, arrendatarios, concesionarios o cualquier otro titular bajo cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcionen los establecimientos de faena, los consignatarios de carnes y los matarifes -abastecedores y carniceros-, los consignatarios directos de hacienda y todo otro usuario del servicio de faena que se preste en plantas faenadoras.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS – REVALÚO IMPOSITIVO

Resolución General Conjunta Nº 4249
Se reglamenta el revalúo impositivo dispuesto por la ley de reforma tributaria 27.430, estableciendo requisitos y demás temas operativos para hacer uso de la opción de revalúo.
Se deberá estar inscripto en el impuesto a las ganancias y mantener actualizado el domicilio fiscal, el domicilio fiscal electrónico, la actividad económica, el teléfono y el e-mail.
La opción y la determinación e ingreso del impuesto especial se deberán realizar a través del servicio denominado “Revalúo Impositivo”, ingresando con clave fiscal, mediante el cual se podrá confeccionar una declaración jurada simplificada o asistida.
En el caso de optar por una declaración jurada simplificada, el contribuyente deberá adjuntar en formato “pdf” un informe especial que contenga el detalle de los bienes incluidos en el revalúo por categoría, el cual deberá ser emitido y suscripto por contador público independiente, debiendo estar autenticada la firma por el Consejo Profesional o colegio o entidad en la que se encuentre matriculado.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – REMITO ELECTRÓNICO CÁRNICO

Resolución General Conjunta Nº 4256
Se establece la obligación de emitir un Remito Electrónico Cárnico” como único documento válido para el traslado automotor dentro del país, de carnes y subproductos de faena de las especies bovina/bubalina y porcina.
Con anterioridad al traslado de la mercadería, se deberá solicitar el “Código de Remito Electrónico” a través de la Web de la AFIP, ingresando al servicio “Remitos electrónicos”, opción “Remito Cárnico”, y una vez otorgado el mismo se autorizará la emisión del “Remito Electrónico Cárnico.
El remito electrónico tendrá una vigencia de 72 horas corridas desde su emisión, y permite la trazabilidad de la mercadería, a través de distintas instancias de validación que deberán proporcionar los distintos sujetos intervinientes en la operación.

PROCEDIMIENTO FISCAL – FACILIDADES DE PAGO – IMPORTES EMBARGADOS

Resolución General Conjunta Nº 4255
Podrán incluirse dentro del régimen de facilidades de pago permanente (RG 3827) las retenciones y percepciones impositivas (practicadas o no) correspondientes a los sujetos alcanzados por la declaración de estado de emergencia y/o desastre.
Se efectúan diversas adecuaciones con respecto a la regularización de deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa.
En el caso de sumas incautadas con anterioridad al acogimiento al plan de facilidades de pago, las mismas serán afectadas al pago total o parcial del capital e intereses, pudiendo solo incluirse en el plan de pagos el remanente impago de dichos conceptos.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – OPERADORES DE LA CADENA DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE HACIENDAS Y CARNES PORCINAS

RG 4250
AFIP establece la emisión de comprobantes electrónicos de forma obligatoria para la compraventa de hacienda y/o venta en consignación de carne porcina (ya se regía la obligación para carne bovina y/o bubalina).

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Para acceder al material complementario reunión especial GANANCIAS 2017 ingresá en: Contenido Humberto Diez click aquí

Para acceder al material sobre el tratamiento de los activos financieros en el exterior para las Personas humanas ingresá en: Contenido Humberto Diez click aquí

Nos mantenemos comunicados a través de mi sitio profesional.

Fuerte abrazo,

Humberto.