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NOVEDADES SEMANALES
al 03/06/2019

Estimados Amigos y Colegas:
Les envío las novedades semanales, en las mismas se incluyen:

JURISPRUDENCIA DEL TFN – BLANQUEO IMPOSITIVO “BUEN CUMPLIDOR”

“Cemborain, Miguel Angel s/apelación”
El Tribunal Fiscal de la Nación dejó sin efecto una determinación de oficio por incremento patrimonial no justificado de los años 2012 y 2013 aplicando el tapón de “buen cumplidor fiscal”.

IMPUESTOS SOBRE DÉBITOS Y CRÉDITOS – EXENCIÓN

Decreto (P.E.N.) 373/2019
Se exime del impuesto, a partir del 28/5/2019, a las cuentas utilizadas por las “agencias complementarias de servicios financieros” a las cuales las entidades financieras delegan la atención de sus clientes y público en general.

IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS – PRÓRROGA

Decreto (P.E.N.) 381/2019
Se prorroga al 1/7/2019 la aplicación del incremento en los montos del impuesto a los combustibles líquidos que resulta de comparar los valores actualizados al 31/12/2018 con los actualizados al 31/3/2019.

FIDEICOMISOS Y FONDOS COMUNES – REGLAMENTACIÓN

Decreto (P.E.N.) 382/2019
Se reglamentan aspectos relacionados con la forma de tributar el impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta, por parte de los fideicomisos y fondos comunes de inversión, y los sujetos perceptores de las ganancias que los mismos distribuyan, que se encuentren incluidos en el marco del impulso al desarrollo de proyectos inmobiliarios y de infraestructura previstos en el Tít. XII de la Ley 27.440.

REGÍMENES ESPECIALES – AGRUPACIONES POLÍTICAS – EXENCIONES

Ley nº 27.504
Se amplía a las agrupaciones políticas reconocidas, la exención de todo impuesto, tasa o contribución nacional, incluido el impuesto al valor agregado, a los bienes, a las cuentas corrientes y las actividades que aquellas desarrollen.

PROCEDIMIENTO FISCAL – RÉGIMEN DE CONSULTA VINCULANTE

Resolución General (AFIP) nº 4497/2019
Se sustituyen el procedimiento y las formalidades que deben observarse para acceder al régimen de consulta vinculante, con aplicación a partir del 6/6/2019.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS – PRECIOS DE TRANSFERENCIA

RG (AFIP) 4496/2019 Se modifica la fecha de vencimiento para presentar los formularios de precios de transferencia (F. 741, F.743, F.867 y F. 4501 y los Estados Contables), debiendo ser presentados hasta el 8º mes inmediato posterior al cierre de ejercicio comercial anual o año calendario.
Se modifican los montos de determinadas documentaciones respaldatoria y se elimina el formulario 969.

PARA TENER EN CUENTA

Solución al error CUIT inválida En los próximos días se publicará una modificación parcial de la RG 1122 que adecuará el régimen de información de operaciones internacionales y precios de transferencia.
En consecuencia se establece:
– La unificación de vencimientos de los diversos regímenes de información.
– La eliminación de la obligación de presentar el F.969
– La actualización de los importes globales y por operación mínimos para generar la obligación de presentar declaraciones (de acuerdo a lo establecido en la Ley de Ganancias y su DR).

Para acceder a las novedades semanales ingresá en: Contenido Humberto Diez click aquí

Nos mantenemos comunicados a través de mi sitio profesional.

Fuerte abrazo,

Humberto Diez