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NOVEDADES SEMANALES
al 20/05/2019

Estimados Amigos y Colegas:
Les envío las novedades semanales, en las mismas se incluyen:

PROCEDIMIENTO FISCAL – FACTURA ELECTRÓNICA DE EXPORTADORES

RG (AFIP) 4480/2019
Se establecen diversas adecuaciones relacionadas con la emisión de los comprobantes del régimen de exportación simplificada.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – EDITORIALES

RG (AFIP) 4485/2019
Se establece el procedimiento que deberán cumplir los sujetos que realicen la impresión y/o producción editorial de libros, folletos e impresos similares o de diarios, revistas y publicaciones periódicas, así como de ediciones periodísticas digitales de información en línea y sus distribuidores que se encuentren alcanzados por la exención del impuesto al valor agregado, y soliciten la acreditación, devolución o transferencia de los importes del citado impuesto que les haya sido facturado por determinadas operaciones.

PROCEDIMIENTO FISCAL – CLAVE FISCAL

RG (AFIP) 4486/2019
Se establece la posibilidad de obtener y/o recuperar la clave fiscal con nivel de seguridad 3 mediante el uso de una aplicación móvil, sin necesidad de concurrir a las dependencias de la AFIP.

RÉGIMEN DE INFORMACIÓN – PRESTACIONES DE MODELAJE A TÍTULO ONEROSO

RG (AFIP) 4482/2019
Se deja sin efecto la RG (AFIP) 2863 que establecía el régimen de información previsto para representantes de modelos, agencias de publicidad de modelos y demás responsables que contraten (directa o indirectamente) prestaciones de modelaje a titulo oneroso.

RÉGIMEN DE INFORMACIÓN – PRESTACIONES DE ESTADOS CONTABLES CON NORMAS NIIF

RG (AFIP) 4483/2019
Se establecen modificaciones sobre la información a presentar al fisco para quienes presenten Estados Contables adoptando las NIIF de acuerdo con la RT 26 y sus modificaciones (ya sea con carácter obligatorio u opcional).

IMPUESTO A LAS GANANCIAS – ESTADOS CONTABLES EN MONEDA CONSTANTE

CIRCULAR (AFIP) 1/2019
Se precisa que los sujetos que confeccionan Estados Contables en moneda constante (de acuerdo con la RT 6 y sus modificatorias) con el objetivo de determinar el resultado neto impositivo en el impuesto a las ganancias, ajustando su resultado neto contable a fin de eliminar el importe correspondiente al efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS – IMPUESTO CEDULAR, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO

RG (AFIP) 4488/2019
Se establece un procedimiento simplificado para aquellas Personas Humanas y Sucesiones indivisas que deban determinar e ingresar el impuesto cedular (artículos 90.1 y 90.4 LIG) podrán optar por un procedimiento simplificado siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
– Los rendimientos o resultados brutos totales que hubieran obtenido durante el período fiscal que se declara, por los conceptos incluidos en los citados artículos, resulten iguales o inferiores a $200.000.
– No se encuentren inscriptos en el impuesto cedular.

Para acceder a las novedades semanales ingresá en: Contenido Humberto Diez click aquí

Nos mantenemos comunicados a través de mi sitio profesional.

Fuerte abrazo,

Humberto Diez